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Les proponemos una mirada reflexiva que permita descubrir -en el Diseño- lo referido a lo legal, es decir, el rol del Derecho en el ejercicio profesional del Diseñador de Comunicación Visual.

Contratos entre el cliente y el diseñador



Acordar y firmar contratos resulta muy ventajoso tanto par el diseñador como para el cliente.

No olvidemos que los contratos son documentos donde se registran compromisos a los que se obligan las partes intervinientes, las disposiciones del acuerdo asignan y administran derechos y obligaciones, responsabilidades y riesgos.

El objeto y las obligaciones deben ser precisos para que las partes conozcan los alcances y los límites de sus derechos y responsabilidades y también para saber de antemano las consecuencias que puede traer el incumplimiento.

Los contratos no deberían fomentar supuestos o interpretaciones divergentes para las partes, por el contrario, su objetivo es prever y evitar o resolver posibles desacuerdos.

Los contratos se basan en el principio de que las partes actúan de buena fe y que además respetarán el acuerdo firmado.

Cuando surgen imprevistos o desavenencias el contrato bien redactado puede ayudar a resolver los aspectos divergentes buscando preservar el acuerdo y cumplir con el objeto del encargo o proyecto.

Diseñadores y clientes deberíamos comprender que la escasa envergadura o la simplicidad de un proyecto, así como la amistad o conocimiento que los pueda vincular, no son razones suficientes para omitir la firma del contrato.

Una de las grandes ventajas decisivas de los contratos es que lo escrito permanece, cuando lo charlado se puede olvidar o incluso ser mal interpretado, especialmente en aquellos casos en que se debe mantener una prolongada relación laboral entre las partes o cuando en esa relación laboral puedan intervenir interlocutores que no participaron del acuerdo inicial.

En síntesis: las obligaciones principales que surgen del contrato entre cliente y diseñador son; el diseñador acepta realizar tareas profesionales y que el cliente pagará por ellas un precio determinado llamado honorarios.

Por eso es tan importante la práctica de la firma de los contratos, porque en ellos se registran las disposiciones comunes para las partes acordadas previamente.
 
(Autor: Sergio Bentivegna)

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