Acordar
y firmar contratos resulta muy ventajoso tanto par el diseñador como para el
cliente.
No
olvidemos que los contratos son documentos donde se registran compromisos a los
que se obligan las partes intervinientes, las disposiciones del acuerdo asignan
y administran derechos y obligaciones, responsabilidades y riesgos.
El
objeto y las obligaciones deben ser precisos para que las partes conozcan los
alcances y los límites de sus derechos y responsabilidades y también para saber
de antemano las consecuencias que puede traer el incumplimiento.
Los
contratos no deberían fomentar supuestos o interpretaciones divergentes para
las partes, por el contrario, su objetivo es prever y evitar o resolver
posibles desacuerdos.
Los
contratos se basan en el principio de que las partes actúan de buena fe y que
además respetarán el acuerdo firmado.
Cuando
surgen imprevistos o desavenencias el contrato bien redactado puede ayudar a
resolver los aspectos divergentes buscando preservar el acuerdo y cumplir con
el objeto del encargo o proyecto.
Diseñadores
y clientes deberíamos comprender que la escasa envergadura o la simplicidad de
un proyecto, así como la amistad o conocimiento que los pueda vincular, no son
razones suficientes para omitir la firma del contrato.
Una
de las grandes ventajas decisivas de los contratos es que lo escrito permanece,
cuando lo charlado se puede olvidar o incluso ser mal interpretado,
especialmente en aquellos casos en que se debe mantener una prolongada relación
laboral entre las partes o cuando en esa relación laboral puedan intervenir
interlocutores que no participaron del acuerdo inicial.
En
síntesis: las obligaciones principales que surgen del contrato entre cliente y
diseñador son; el diseñador acepta realizar tareas profesionales y que el
cliente pagará por ellas un precio determinado llamado honorarios.
Por
eso es tan importante la práctica de la firma de los contratos, porque en ellos
se registran las disposiciones comunes para las partes acordadas previamente.
(Autor: Sergio Bentivegna)
No hay comentarios:
Publicar un comentario